Sin intervenciones quirúrgicas ni tratamientos hormonales las personas transexuales y transgéneros ahora podrán realizar el cambio de nombre y de sexo de acuerdo a su identidad autopercibida.
Con una votación 4-1 la Corte Suprema de Chile aprobó este miércoles 30 de mayo el cambio de nombre y sexo registral de las personas transexuales y transgénero, sin necesidad de que deban ser sometidas a intervenciones quirúrgicas o tratamientos hormonales.
Esta decisión se tomó basados en los tratados internacionales suscritos por la nación austral, aunque la legislación chilena no regula el cambio de sexo registral para personas trans. Lo histórico del fallo fue que por primera vez se consagra el derecho de una persona trans a tener un sexo legal que corresponda con su nombre.
La sentencia dictaminó que "las obligaciones internacionales que Chile ha contraído abarcan la prohibición de discriminación por identidad de género, incluyendo el derecho a la salud, integridad física y psíquica y la privacidad". De acuerdo a este principio, señala el fallo en su parte resolutiva, "el Estado deberá facilitar el cambio de nombre y sexo registral, sin condicionamiento a una intervención quirúrgica o un tratamiento hormonal".
Asimismo, esboza el texto que existe un compromiso internacional de prohibir la discriminación. "El Estado de Chile se ha obligado, a través de la ratificación de distintos tratados de derechos humanos, con la no discriminación y la garantía de los derechos humanos para todas las personas", establece la decisión.
Se indica además que estas obligaciones vinculan a todos los órganos del Estado, y que "el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana".
Por otra parte, el máximo tribunal chileno concluyó que "lo anterior es plenamente concordante con jurisprudencia reciente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que declaró que la exigencia de someterse a intervenciones quirúrgicas o tratamiento esterilizador, como requisito para reconocer la identidad de género, viola el derecho a la vida privada y familiar".
Actualmente, se debaten en el Parlamento chileno varios proyectos que tienen que ver con la protección del colectivo LGBTI como son: la ley de Identidad de Género y otro referido a permitir el derecho de adopción a parejas del mismo sexo.
Un hito
Tras conocerse la decisión de la Corte el dirigente del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Rolando Jiménez, calificó la sentencia como “un hito” y aseguró que “si bien ya existen fallos de tribunales que han posibilitado la rectificación de la partida de nacimiento sin exigir cirugías, es la primera sentencia donde la Corte Suprema refrenda este principio. Esto significa, en la praxis, que desde ahora todos los tribunales deberán autorizar el cambio de nombre y sexo legal sin cirugías”."Tras este gran e histórico fallo de la Suprema se esconde el sufrimiento de una persona que debió sortear tres instancias judiciales para que se reconociera su derecho. De ahí la urgente necesidad de una Ley de Identidad de Género" comentó Jiménez.
Fuente: Universogay
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